Incentivos del IMDEEC a la expansión e internacionalización de mercados para micro y pequeñas empresas 2020
Marco normativo
Extracto de la Resolución de Presidencia del IMDEEC nº 247/2020, de fecha 6 de abril de 2020, por la que se aprueba la Convocatoria de Incentivos a la Expansión e Internacionalización de Mercados para Micro y Pequeñas Empresas 2020 – EXPANSIÓN 2020- y sus Bases reguladoras BOP de 20 de abril
https://bop.dipucordoba.es/uploads/Bop/20200420/20200420_num1014.pdf?1587361408)
Requisitos de las empresas:
- Ocupar a menos de 50 personas (micro y pequeñas empresas) a fecha de presentación de la solicitud de incentivo cualquiera que sea su forma jurídica, incluidas las personas físicas (empresario/a individual, E.R.L., comunidad de bienes y sociedad civil).
- A estos efectos, se contabilizará el número de trabajadores dados de alta por cuenta ajena en la empresa, sin tener en cuenta las personas socias o comuneras de las mismas, independientemente del régimen de la Seguridad Social en el que se encuentren de alta.
- Estar legalmente constituidas y contar con los permisos, licencias y autorizaciones, tanto municipales, como de otro carácter, necesarios para su instalación y funcionamiento.
- Tener una antigüedad mínima de 6 meses ininterrumpidos en el IAE a fecha de presentación de la solicitud de este incentivo, respecto de la fecha de alta en dicho impuesto, con la excepción en su caso, de cese de la actividad durante la vigencia del estado de alarma y el mes posterior al mismo como máximo.
- Estar ubicadas y ejercer su actividad en el municipio de Córdoba.
- Haber realizado los gastos subvencionables y sus respectivos pagos en el período comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de enero de 2020 (ambos inclusive)
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
Conceptos encuadrados en alguna de las siguientes líneas de financiación cuyos gastos y pagos se hayan realizado en el período comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de enero de 2020 (ambos inclusive):
- Participación en programas, ferias/congresos y realización de estudios para la expansión e internacionalización de la empresa.
- Promoción y publicidad para la expansión e internacionalización de la empresa.
- Formación especializada para la expansión e internacionalización de la empresa.
- Gastos de desplazamiento y dietas para la expansión e internacionalización de la empresa: promoción comercial y misiones comerciales directas promovidas por organismos institucionales.
Cuantía de la subvención
Incentivo a fondo perdido de un máximo del 50% de los conceptos de gasto subvencionables (excluido el IVA), con un límite de 3.000 € para los presentados a la Tipología de Proyectos de carácter nacional y de 5.000 € para los presentados a la Tipología de Proyectos de carácter internacional por persona/empresa beneficiaria.
Las empresas solicitantes solo podrán resultar beneficiarias en una tipología de proyectos.
Plazo de presentación de solicitudes
Del 5 al 25 de junio de 2020 (ambos inclusive). En caso de continuar en estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, estos plazos serán modificados.
Más información:
Para más información (criterios de baremación, tramitación, etc…) https://imdeec.es/incentivos-y-ayudas/